A pesar de que, desde el 11 de febrero de 2014, el médico especialista en urología le diagnosticó tumor maligno de testículo derecho con metástasis retroperitoneal, al familiar de nuestros clientes, quien se encontraba privado de la libertad, no le fue autorizado ni practicado el esquema de quimioterapia, por lo que su estado de salud se fue deteriorando hasta que finalmente falleció en deplorables condiciones el 6 de marzo de 2016.
En este caso, el Tribunal Administrativo de Antioquia-Sala Cuarta de Oralidad decidió declara la responsabilidad administrativa de CAPRECOM IEC EN LIQUIDACIÓN en los siguientes términos:
“Recapitulando lo expuesto, puede concluirse, que el retraso en el diagnóstico y en la remisión del señor XXXX XXXXX a un centro urológico y oncológico de referencia, la falta de continuidad en la prestación del servicio de salud, las interrupciones en los ciclos de quimioterapia propuestos por oncología y, en general, las omisiones e irregularidades que se presentaron en el tratamiento y seguimiento de la grave enfermedad que aquél padeció, resultan atribuibles al PAR CAPRECOM LIQUIDADO, lo cual, si bien no constituyó la causa adecuada de la muerte del señor Mejía Flórez, sí ocasionó la pérdida de oportunidad o pérdida de chance de tener la posibilidad de recuperarse”.