FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN DEBE INDEMNIZAR A MILITAR Y SU FAMILIA QUE FUE PRIVADO INJUSTAMENTE DE LA LIBERTAD, ACUSADO DE SER AUTOR DE FALSO POSITIVO.

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y RAMA JUDICIAL DEBEN INDEMNIZAR A DOS PERSONAS Y SUS FAMILIAS, QUIENES FUERON PRIVADO INJUSTAMENTE DE LA LIBERTAD EN LA CIUDAD DE MONTERÍA, ACUSADOS DE SER INTEGRANTES DE UN GRUPO DELICUENCIAL QUE ASESINABA A SU VÍCTIMAS DECAPITÁNDOLOS, POR LO QUE LAS MISMAS ENTIDADES LOS SEÑALARON INJUSTAMENTE DE SER LA BANDA DE LOS “MOCHA CABEZAS”:

Nuestros clientes fueron privados de su libertad desde el 26 de noviembre de 2012 hasta el 7 de junio de 2016, al ser sindicados de los delitos de concierto para delinquir agravado con fines de homicidio, tortura y desaparición forzada, en el proceso penal adelantado por el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Montería, pero finalmente mediante sentencia absolutoria fueron declarados inocentes por esos delitos.

Luego de surtirse todo el proceso contencioso administrativo de Reparación Directa, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca-Sección Tercera-Subsección B, decidió condenar a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a la RAMA JUDICIAL a indemnizar a nuestros clientes en los siguientes términos:

“[…] el hecho que los señores Martínez y Ortiz hubieran estado privados de la libertad, en afectación del bien jurídico más protegido en nuestro ordenamiento luego de la vida, por el término de 42 meses no supera el juicio de proporcionalidad de la medida, ante los subprincipios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto. Como se estableció, el proceso penal tuvo múltiples aplazamientos, entre ellos por las solicitudes o inasistencias del agente de la fiscalía, e incluso la procuradora delegada elevó dos peticiones al juzgado de conocimiento para darle agilidad en el trámite. En consecuencia, esta medida se convirtió en una pena misma y en una supuesta justa retribución anticipada, excediendo los fines legales establecidos para ella, por un tiempo tan prolongado, pese a haberse tramitado el caso en vigencia del sistema penal acusatorio, en el cual se pretende que los tiempos procesales sean reducidos.”